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CHALCHIHUAPAN, DOS AÑOS DE IMPUNIDAD EN PUEBLA


Redactado por: adriana bravo
julio 11, 2016 , a las 1:30 am

Puebla, Pue.- A dos años de la protesta en San Bernardino Chalchihuapan que derivó en el desalojo carretero por parte de la policía de Puebla con un saldo de unmenor de edad fallecido, nueve personas mutiladas y decenas de heridos,persiste la impunidad, la falta de acceso a la justicia y la reparación del daño a las víctimas.

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La Comisión Nacional de los derechos Humanos emitió el 11 de septiembre de 2014 la recomendación 2VG/2014 dirigida al gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, sin embargo, a 22 meses no ha cumplimentado varios puntos de la recomendación.

Sigue pendiente la reparación del daño y la determinación de la responsabilidad penal de los servidores públicos involucrados.

El bloqueo

El 11 de junio de 2014 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Puebla del Acuerdo del Secretario General de Gobierno con los “Lineamientos Generales para la Entrega-Recepción del Registro Civil, de las Juntas Auxiliares a los Municipios”.

La nueva disposición establecía la reubicación del Registro Civil, la cual no fue bien vista por algunas comunidades poblanas.

Un mes después, el 9 de julio de 2014, pobladores del municipio de Ocoyucan, principalmente de la comunidad de San Bernardino Chalchihuapan, que se ubica a 12 kilómetros de la capital del estado, en la región de Atlixco, protagonizaron un bloqueó en las carreteras de peaje y federal Puebla-Atlixco para exigir la restitución del Registro Civil en las juntas auxiliares.

Alrededor de las 10:00 horas un grupo de personas de San Bernardino Chalchihuapan comenzó a reunirse en las inmediaciones del kilómetro 14+200 de la carretera estatal 438-D, Atlixco-Puebla, a la altura del puente que une a la Junta Auxiliar de San Bernardino Chalchihuapan con la comunidad de Santa Clara.

Pocos minutos después arribaron los primeros de elementos de la Policía Estatal Preventiva, perteneciente a la Secretaría de Seguridad Pública de Puebla, en total de 426 uniformados: 392 escuderos, 20 escopeteros y 14 granaderos.

En la plaza principal de la comunidad de San Bernardino Chalchihuapan, a las 11:20 horas a través de un altavoz se exhortó a los pobladores a que apoyaran a los manifestantes en la carretera.

En el puente de San Bernardino Chalchihuapan y en la carretera  se concentraron entre unos 350 pobladores en manifestantes para cerrar de manera parcial los carriles de circulación. También arribaron más elementos de la Policía Estatal.

A las 13:30 horas, la circulación de la carretera estatal Atlixco-Puebla se encontraba completamente bloqueada.

El coordinador de Despliegue Territorial y encargado del Despacho de la Policía Estatal Preventiva se acercó al grupo de manifestantes a las 13:55 horas e inició pláticas con ellos, les pidió desalojar la vialidad y conformar una comisión de diálogo, ofreció llevarlos a las oficinas de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Puebla, conocidas como “Casa Aguayo”, a plantear sus inconformidades directamente ante el subsecretario de Asuntos Políticos y Protección Civil. Los pobladores rechazaron el ofrecimiento y le solicitaron que acudiera al lugar un representante del gobierno del estado, a fin de que los atendiera.

El responsable de la policía estatal les dijo que tenía que solicitar indicaciones al respecto y se separó del grupo con el grupo de manifestantes en compañía de varios elementos en formación y ordenó que los policías que venían en su retaguardia “aguantaran”, con un altavoz les dio un ultimátum de cinco minutos para que despejaran la vía, de manera paralela instruyó a los uniformados a colocarse en formación lineal en ambos sentidos de la vía.

Ante los movimientos de los elementos, los pobladores colocaron palos y piedras sobre el pavimento.

Concluidos los cinco minutos, los policías avanzaron en formación lineal hacia los manifestantes que se encontraba en ambos sentidos de la vialidad. Los uniformados lanzaron la primera granada de gas lacrimógeno, algunas personas se dispersaron, otras que se encontraban en la parte lateral respondieron a la agresión aventando piedras en contra de los policías.

El uso de fuerza

Se registraron al menos otras 11 detonaciones de granadas de gas lacrimógeno en los siguientes dos minutos. Los elementos policiales comenzaron a la lanzar piedra contra los manifestantes. A las 14:15 horas aseguraron a cuatro personas.

Los manifestantes se concentraron en la rampa suroriente del Puente de San Bernardino Chalchihuapan y otros se desplazaron en dirección nororiente, a la altura del kilómetro 14+080, sentido Puebla-Atlixco, para resguardarse en una calle.

Los policías estatales a las 14:20 horas ya habían desalojado la carretera estatal, formaron un frente sobre la rampa suroriente del Puente de San Bernardino Chalchihuapan, y la circulación vehicular fue liberada en el sentido Atlixco-Puebla.

Sin embargo, la violencia no terminó ahí. Se intensificó el enfrentamiento sobre la rampa suroriente del Puente. Los policías se resguardaron en formación “tortuga” para contener el incremento de los ataques de algunos manifestantes, quienes con tubos de PVC lanzaban cohetones, además de bombas molotov.

La refriega se prolongó y acrecentó, llegaron más elementos policiales, pero los manifestantes que los superaban en número, penetraron la formación defensiva policial, y despojaron a los elementos del equipo antimotín. Retuvieron a tres uniformados y posteriormente fueron liberados.

Las agresiones entre ambos bandos concluyeron a las 18:00 horas, cuando la vialidad fue abierta completamente a la circulación.

Las omisiones del gobierno

La CNDH señaló que algunas autoridades que participaron en los acontecimientos omitieron proporcionar atención médica a las personas que resultaron heridas, además los peritos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla no recabaron ningún indicio al realizar la primera inspección ocular en el lugar de los acontecimientos y limitaron a su búsqueda sobre el arroyo vehicular de la carretera estatal, que para ese momento ya había sido limpiada por personal de mantenimiento.

El Organismo nacional señaló que “no existieron evidencias de que el Gobierno del Estado de Puebla hubiera implementado las acciones necesarias para atender adecuadamente la citada manifestación, agotar el diálogo y tratar de resolver de manera pacífica un conflicto social que se salió de control, se tornó violento y tuvo como resultado que V1, niño de 13 años de edad, perdiera la vida; que V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8, V9 y V10 resultaran lesionadas de diversa gravedad; que 49elementos policiales presentaran lesiones; que V10, V11, V12 y V13 fueran detenidas y liberadas posteriormente, y que existiera un número indeterminado de personas agraviadas, además de que se puso en riesgo la seguridad de otras personas, entre ellas niñas, niños, adolescentes, mujeres y adultos mayores que se encontraban en el lugar de los acontecimientos”.

En el oficios SSPEP/DGAJ/09436/2014 y SSPEP/DGAJ/10042/2014, el director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Seguridad Pública de Puebla, señaló que los manifestantes iniciaron los actos de violencia al lanzar piedras a los elementos de la policía cuando éstos realizaban el avance en formación lineal, sin embargo, los videos mostraron que la situación no sucedió de esa manera, ya que si bien algunos de los manifestantes colocaron objetos, como piedras y palos, sobre el arroyo vehicular, las agresiones no comenzaron antes de que los elementos policiales lanzaran las primeras granadas de gas.

Se encontró que la policía estatal no estaba capacitada. La Secretaría de la Defensa Nacional, en el oficio DH-V-9280 del 18 de agosto de 2014, informó que 1994 a 2014 sólo proporcionó un curso de capacitación a 286 elementos del total de servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública de Puebla sobre el manejo del bastón policial PR-24, por lo que la CNDH concluyó que no existían evidencias fehacientes “de que dicho personal estuviera debidamente capacitado y adiestrado —ya sea por la Secretaría de la Defensa Nacional u otra institución— en el uso de la fuerza pública, tanto en el empleo de la fuerza física como en el empleo gradual de las armas incapacitantes no letales, en concreto de los multicitados proyectiles de largo alcance irritante cal. 37/38 mm CN y CS, códigos 3221 y 3231, que se dispararon en el operativo”.

La CNDH observó que los elementos de la Policía Estatal que participaron en los acontecimientos “emplearon de manera excesiva y con una marcada negligencia la fuerza pública en la manifestación del 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla”.

Entre las evidencias que recogieron el día del desalojo los pobladores y que presentaron ante la CNDH destacan “algunos cuyas características son similares a los proyectiles conocidos como balas de goma”, aunque “la información proporcionada tanto por la Secretaría de la Defensa Nacional como por la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, así como por las investigaciones realizadas por esta Comisión Nacional, no se tuvo evidencia del empleo de dispositivos de esa naturaleza”.

La víctima

Testigo 1 (T1) y Testigo 2 (T2) junto con el niño de 13 añosJosé Luis Tlehuatlie Tamayo (V1) acudieron a la manifestación, al ver que comenzaron a lanzar gases corrieron para alejarse y protegerse, en dirección paralela a una barda perimetral de ladrillo, de un predio situado al lado norponiente de la carretera estatal Puebla-Atlixco.

El menor brincó un “charco” e inmediatamente después cayó en dirección contraria a la que se desplazaba, los testigos indicaron que el niño fue lesionado por un elemento de Policía Estatal que había disparado en dirección a la zona en la que ellos se encontraban desde la carretera y que luego habría corrió en dirección hacia el oriente de la carretera en donde se encontraban otros elementos de su corporación.

Lo subieron a una camioneta color blanco con la finalidad de trasladarlo para su atención, en el camino encontraron en el camino una ambulancia y el paramédico le brindó auxilio, posteriormente lo ingresaron a un hospital.

El niño José Luis Tlehuatlie Tamayo presuntamente recibió el impacto de una bala de goma que le arrancó una parte del cráneo.

El dictamen de mecánica de lesiones 1764, de fecha el 15 de julio de 2014, realizado por un perito de la Dirección General de Servicios Periciales de la procuraduría de Puebla, se determinó que la lesión descrita como “traumatismo craneoencefálico grave” que presentó el menor en la cabeza y que afectó la región frontal temporal y parietal izquierda “fue compatible por la acción de una onda expansiva producida por un artefacto explosivo”.

Diez días después, el 19 de julio de 2014, V1 presentó un tercer paro cardiorrespiratorio que no fue posible revertir con maniobras de reanimación, por lo cual a las 18:30 horas se declaró su fallecimiento.

En la Recomendación 2 VF/2014 la CNDH pidió al gobernador Rafael Moreno Valle que “instruya a quien corresponda para que se inicien los procedimientos de responsabilidad respectivos en contra del titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, así como del personal de dicha institución que participó en los acontecimientos del 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla, con motivo de las violaciones graves a los derechos humanos observadas en esta Recomendación, y se envíen a este Organismo Nacional las pruebas con las que acredite su cumplimiento”.

A casi dos años sigue pendiente la determinación de la responsabilidad penal de los servidores públicos involucrados.

El organismo también le recomendó instruir “a quien corresponda para que se reparen los daños causados a las víctimas y a sus familiares en los términos más amplios y de manera integral, acorde con lo que establecen los estándares internacionales en la materia y la Ley General de Víctimas, con motivo de los actos y omisiones en que incurrieron los servidores públicos de la instituciones de seguridad pública y procuración de justicia del Estado de Puebla que participaron en los hechos del 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla”.

El gobernador Rafael Moreno Valle está a unos meses de dejar el cargo y también tiene pendiente la reparación del daño.