Oaxaca, Oax.- Aunque trabajan sin contrato y con horarios y días variables, las personas que se dedican al aseo doméstico también tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo.
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El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que todas las personas que presten un servicio de manera subordinada tienen derecho al pago de aguinaldo; las trabajadoras y trabajadores del hogar no quedan eliminados de esta prestación en tanto que la ley no limita la relación o modalidad del tipo de contrato que se tenga celebrado.
El Instituto Nacional de Estadpistica y Geografía (INEGI) señala que 95 de cada 100 empleados en esta actividad son mujeres. De la población ocupada en trabajo doméstico, 34.5 por ciento de las mujeres y 16.3 por ciento de los hombres tienen ingresos de un salario mínimo o menos.
El monto mínimo que debe pagarse a los trabajadores, incluidos las trabajadoras y trabajadores del hogar, por concepto de aguinaldo, es el equivalente a 15 días de salario, lo cual debió quedar cubierto antes del 20 de diciembre de cada año.
Sin embargo, explicó el presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), Alejandro Sánchez Melchor, quienes no lo recibieron aún tienen tiempo para reclamarlo a través de la asesoría de esta instancia.
A las trabajadoras y trabajadores del hogar que en la fecha de pago del aguinaldo no hayan cumplido un año de prestación de servicios, o cuya relación de trabajo haya terminado antes, les corresponde percibir la parte proporcional del mismo conforme al tiempo que hayan laborado en el año o, cualquiera que sea dicho tiempo, de acuerdo con la ley.
La parte proporcional del aguinaldo se calcula multiplicando el salario diario por quince días de aguinaldo, cuyo resultado se divide entre doce meses del año, y a su vez se multiplica por el numero de meses laborados por la trabajadora o el trabajador en el año.
El salario conforme al cual se debe calcular y pagar el aguinaldo es el que ordinariamente percibe el trabajador o trabajadora en forma fija por día laborado, o sea el salario diario.