Tlaxcala, Tlax.- Derivado de la substanciación de los juicios políticos dentro de los expedientes marcados con el número SPP JP001/2018 y SPP JP002/2018, que conoce el Congreso del Estado a través de la Comisión Instructora de Juicio Político, Declaración de Procedencia, Desafuero y Responsabilidad de Munícipes, en torno a los juicios instaurados entre los comisionados integrantes del Consejo General Marlene Alonso Meneses, José David Cabrera Canales y José Francisco Morones Servín.
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Y una vez que han llegado a su etapa de conclusiones, es decir para que el Pleno del Congreso del Estado se erija en Jurado de Acusación, y en su caso dictar una resolución en términos del artículo 45 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala, que puede consistir en; la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación para desempeñar otro en el servicio público estatal o municipal hasta por un periodo de diez años.
En caso de que el Congreso del Estado, decida imponer alguna sanción de esta naturaleza a los tres comisionados o sólo a alguno de ellos, estarían generando un vacío legal en el ejercicio del servicio público. Toda vez que, de la revisión a los documentos jurídicos, que dieron origen a la designación de estos como Comisionados integrantes del Consejo General de ese Organismo Autónomo de Transparencia, se observa que, a la Sexagésima Primera Legislatura, por error, omisión o desconocimiento omitió asentar los nombres de quienes fungirían como sus respectivos suplentes en caso de ausencia del titular.
El acuerdo publicado en el Periódico Oficial, no. 47 Sexta Sección, del 23 de noviembre del 2016, contiene la convocatoria que establece las bases a las que se sujetaran las personas interesadas en participar en el proceso de selección para ocupar el cargo de Comisionado del Consejo General del IAIPTLAX, en donde en su apartado denominado “FASES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN”, en su fracción V., establece que: “… el Pleno del Congreso elegirá dentro de los nueve seleccionados a los Tres Comisionados propietarios y suplentes…” Es decir, en la convocatoria que dio origen a la designación de los titulares como comisionados, si se previó la designación de sus respectivos suplentes, pero a la postre estos no fueron designados legalmente.
En tanto en el Decreto número 299, publicado en el Periódico Oficial, número extraordinario de fecha 30 de diciembre del 2016, en su Artículo Primero, se declaran electos a los comisionados integrantes del Consejo General del IAIPTLAX, quienes fungirán su respectivo periodo a partir del dos de enero de dos mil diecisiete, a los profesionistas:
MARLENE ALONSO MENESES | COMISIONADA PRESIDENTA 07 AÑOS |
FRANCISCO JOSE MORONES SERVIN | COMISIONADO 05 AÑOS |
JOSE DAVID CABRERA CANALES | COMISIONADO 03 AÑOS |
Como se puede observar la Sexagésima Primera Legislatura, cometió un error jurídico por omisión o desconocimiento, pues no establecieron quienes fungirían como sus respectivos suplentes de los titulares designados.
Así mismo, en el acuerdo publicado en el Periódico Oficial, número extraordinario de fecha 27 de diciembre del 2016, por el que se les toma la protesta de ley a los comisionados integrantes del Consejo General del IAIPTLAX, y por el que se designa por única ocasión por parte del Pleno del Congreso del Estado a Marlene Alonso Meneses como Presidenta por tres años y como Comisionada por siete años; así como a José Francisco Morones Servín como Comisionado por cinco años, y a José David Cabrera Canales como Comisionado por tres años. De la revisión al documento jurídico de mérito, se puede constatar que la Sexagésima Primera Legislatura omitió nuevamente establecer los nombres de quienes fungirían como suplentes de los titulares del Consejo General del Organismo Garante de Transparencia del Estado. Y, por tanto, nunca fueron llamados a tomar la protesta de ley que fija la Constitución Política del Estado Libre Soberano de Tlaxcala y leyes reglamentarias para estar en condiciones de asumir la titularidad en caso de darse alguna suplencia de los respectivos titulares.
A escasos cinco meses de que el Comisionado José David Cabrera Canales, termine su periodo el próximo 31 de diciembre 2019, del análisis a dichos documentos que tienen toda la fuerza legal, se puede observar que el Pleno del Congreso del Estado de la Sexagésima Tercera Legislatura, tiene un panorama complicado legalmente que no podrá solventar en caso de que decida imponer algún tipo de sanción a los comisionados titulares del IAIPTLAX, pues sencillamente no fueron designados los suplentes constitucional y legalmente, lo que imposibilitaría suplir alguna vacante al interior del Consejo General. Al dejar acéfalo el Consejo General o algún espacio de estos se puede avizorar una serie de amparos e impugnaciones que complicarían aún más el panorama en el desarrollo institucional de esa dependencia pública.