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ENDURECEN SANCIONES CONTRA FUNCIONARIOS CORRUPTOS


Redactado por: adriana bravo
junio 18, 2016 , a las 1:20 am

Valle de México, Edomex.- Entre uno y hasta 12 años de prisión y entre uno y hasta 20 años inhabilitados para ejercer algún cargo público son las sanciones aprobadas contra funcionarios que cometan actos de corrupción, informaron legisladores.

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El Senado de la República aprobó, con 104 votos a favor, siete en contra y cero abstenciones, el dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal en materia de combate a la corrupción.

Entre los principales cambios legales, se precisa la condición de servidor público: toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas, fideicomisos públicos, empresas productivas del Estado, órganos constitucionales autónomos, el Congreso de la Unión, el Poder Judicial Federal, o que manejen recursos económicos federales.

La reforma establece como sanciones la destitución y la inhabilitación para desempeñar un cargo público, y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones por un plazo de uno a veinte años, a los responsables de actos de corrupción.

Incluye sanciones de inhabilitación para ocupar un cargo público a los particulares y endurece las penas hasta en una mitad, en el caso de que los actos de corrupción sean cometidos por miembros de una corporación policiaca, aduanera o migratoria.

La reforma define el delito de ejercicio ilícito de servicio público como el hecho de que un servidor público sepa que el patrimonio o los intereses públicos pueden resultar gravemente afectados, por cualquier acto u omisión, y no informe por escrito a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades.

Al delito de coalición de servidores públicos lo señala como el hecho de que varios servidores públicos se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley, reglamento o disposición de carácter general, impedir su ejecución o con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas; para este caso prevé penas de dos años a siete años de prisión y multa de treinta a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización cuando se cometa el delito.

El uso ilícito de atribuciones y facultades se comete cuando se otorgan permisos, licencias, adjudicaciones o autorizaciones económicas; se otorgan franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, o sobre los ingresos fiscales, precios y tarifas de bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Federal.

Asimismo, cuando se contratan obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, con recursos públicos, contrate deuda o realice colocaciones de fondos y valores con recursos públicos.

Las modificaciones también prevén sanciones para el servidor público que tenga a su cargo fondos públicos y les dé una aplicación distinta a la que estén destinados o haga un pago ilegal; al igual que a cualquier persona que sepa de esta ilegalidad y participe en dichos actos; estas sanciones van de los seis meses a doce años de prisión y de cien a trescientos días de multa.

La reforma prevé que el servidor público que cometa el delito de intimidación se le impondrán de dos años a nueve años de prisión, multa por un monto de treinta a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito.

De igual manera, se prevén sanciones y se precisan las situaciones en las que se cometen delitos como el de tráfico de influencia, gestión de recursos a favor de un ente público a cambio de una comisión, dádiva o contraprestación; otorgamiento de contratos de obra pública o de servicios a favor de determinadas personas físicas o morales; desvío de dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o a un particular; y enriquecimiento ilícito, entre los principales.