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Carta aclaratoria


Redactado por: Isaias garcia
febrero 26, 2020 , a las 11:36 am

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 27 de febrero de 2020.

Carta aclaratoria.

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Cuauhtémoc Blas López.

Director de la Revista “En Marcha”

PRESENTE.

La que suscribe Irais Ortiz Alcaraz, en mi carácter de Administrador Único de la empresa Proyectos y Obra Civil SOANA S.A de C.V. y en relación al reportaje “COBAO, MILLONARIA ADJUDICACIÓN DIRECTA A EMPRESAS FACHADA” mismo que fue publicado en la Revista En Marcha de fecha 29 de enero de 2020, en uso del derecho de réplica que me asiste, reconocido y reglamentado en la Ley Reglamentaria del artículo 6º., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia del Derecho de Réplica, me dirijo a usted para realizar las siguientes

A C L A R A C I O N E S:

1.- Primeramente quiero dejar en claro que la obra que usted menciona en su reportaje NO FUE UNA OBRA ADJUDICADA DIRECTAMENTE, COMO USTED LO AFIRMA, dado que con fecha 05 de diciembre de 2017 la Directora de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Oaxaca, emitió la convocatoria múltiple de Licitación Pública Estatal, a través del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca, para llevar a cabo el servicio de impermeabilización de 24 planteles pertenecientes al Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca (COBAO), misma en la que concurso la empresa que administro y con fecha 19 de Diciembre de 2017 el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca, emitió el fallo de dicha licitación, del cual resultó ganadora la propuesta de la empresa que administro.

2.- La empresa que administro, NO ES UNA EMPRESA FANTASMA como usted lo afirma. Le quiero aclarar que, para poder participar en el proceso de licitación de la obra ya mencionada, uno de los requisitos era estar formalmente inscrito en el padrón de proveedores de la Administración Pública Estatal, requisito que la empresa que dirijo cumplió y solvento cabal y formalmente, mediante el oficio SA/DRM/DMRA/3598/01/2017. Así mismo, hago de su conocimiento que dicho documento fue expedido por la Secretaria de Administración del Gobierno del Estado de Oaxaca a través de la Dirección de Recursos Materiales.

3.- Con relación a lo que expuso en su nota, relativo a la expedición de 24 facturas, me permito decirle que efectivamente fueron expedidas el número de facturas que usted refiere, lo anterior, debido a que, por normativa del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca, así me fue solicitado y en caso de que tenga alguna duda al respecto, se encuentra usted en libertad de poder cuestionar a dicho comité porque solicitó la facturación de esa manera.

4.- Así mismo, le informo que la obra motivo de su reportaje, en tiempo y forma fue fiscalizada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), como parte del programa de Auditoria 2017 al Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca (COBAO), revisión que se concluyó satisfactoriamente, sin ningún incidente o problema alguno.

Por lo anteriormente expuesto, debidamente aclarado y con la única finalidad de que sus seguidores, lectores, público en general y la ciudadanía oaxaqueña, cuente con información veraz, real, precisa y oportuna respecto al debido ejercicio de los recursos públicos y los procesos de contratación de obras y servicios que en su momento realizó el gobierno del Estado de Oaxaca, a través de la Secretaria de Administración, misma que se encontraba a cargo de su titular José Javier Villacaña Jiménez, le pido de la manera más atenta, se abstenga de DESACREDITAR Y MAL INFORMAR A LOS CIUDADANOS DEL ESTADO DE OAXACA CON SUS COMENTARIOS Y APRECIACIONES PERSONALES hacia una pequeña empresa cien por ciento oaxaqueña y en proceso de desarrollo, misma que se dedica al ramo de la construcción.

Lo anterior, lo hago dentro de lo dispuesto en la Ley de Derecho de Réplica antes señalada, solicitando respetuosamente que, en términos de los artículos 6, 15 y demás aplicables del citado ordenamiento, se tenga por presentada y se le dé la debida publicación a la presente carta en medio informativo a su cargo.

Respetuosamente.

Irais Ortiz Alcaraz.

Administrador Único.